PARA CUALQUIER ACLARACION REFERENTE A LOS PASOS A SEGUIR PARA ACEPTAR LA HERENCIA puedes enviar tu consulta al siguiente enlace de whatssap https://api.whatsapp.com/send/?phone=+34691997599 o también a través del correo electronico cjsolera@jpa.es
Seguidamente mostramos en seis sencillos pasos como obtener la documentacion que posteriormente debemos aportar al Notario para poner los bienes heredados a nuestro nombre.
1. Certificado de defunción.
En primer lugar, tenemos que solicitar al Registro Civil un certificado literal de defunción, este documento no tiene coste alguno y se puede solicitar:
Por Internet https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/certificado-defuncion
Personalmente en cualquier Registro civil. En Málaga tendrá obtener una cita previa.
2. Certificado del Registro General de Actos de Últimas Voluntades
El Registro General de Actos de Última Voluntad es un registro administrativo dónde constan una lista de los testamentos hechos a lo largo de la vida de una persona.
Una vez obtenido el certificado de defunción hay que solicitar el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, pero tenemos que esperar 15 días tras el fallecimiento para poder solicitarlo.
Se puede solicitar:
Presencialmente, a través de la GERENCIA TERRITORIAL DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA, con Dirección: en Avda. Manuel Agustín Heredia, 10, Teléfono: 952224300, requiere cita previa y aportación del certificado original de defunción, podremos tener el mismo día dicho certificado previo pago de 3.82 Euros en cualquier entidad de crédito.
Con certificado digital a través de este enlace https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/certificado-actos-ultima
o si lo prefiere, a través de nuestra Notaria aportando certificado de defunción de la persona fallecida.
3. Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento
El Registro General de Actos de Última Voluntad es un registro administrativo dónde consta una lista de los seguros de vida contratados por la persona fallecida.
Se puede solicitar:
Presencialmente, a través de la GERENCIA TERRITORIAL DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA EN MÁLAGA, con Dirección: en Avda. Manuel Agustín Heredia, 10, Teléfono: 952224300, requiere cita previa y aportación del certificado original de defunción, podremos tener el mismo día dicho certificado previo pago de 3.82 Euros en cualquier entidad de crédito.
Con certificado digital a través de este enlace https://www.mjusticia.gob.es/ca/ciudadania/registros/ultima-voluntad-seguros-vida/registro-contratos-seguros
O si lo prefiere, a través de nuestra Notaria aportando certificado de defunción de la persona fallecida.
4. Testamento.
Para continuar los trámites igualmente necesitamos la copia autorizada del testamento.
Si la persona fallecida hizo testamento, la fecha de este y el notario autorizante constan en el certificado de ultimas voluntades indicados en el punto 2. Anterior. Pueden aparecer varios, pero el valido el ultimo firmado por el causante.
Se puede Solicitar:
En la notaria que indica el certificado de últimas voluntades, donde además tendremos que aportar el certificado de defunción así como el propio certificado de ultimas voluntades.
Si el testamento tiene más de 25 años de antigüedad tendremos que solicitarlo al Notario Archivero, en Málaga es Don Juan Enrique García Jimenez el Notario archivero cuya oficina se encuentra en el numero 45 de la Alameda principal.
O si lo prefiere, a través de nuestra Notaria aportando certificado de defunción de la persona fallecida.
La copia autorizada del testamento tiene un coste que depende del tiempo transcurrido desde su otorgamiento, el coste medio ronda 60 Euros.
5. Declaración de herederos.
Si el fallecido no hubiera hecho testamento, constará así en certificado de últimas voluntades, para lo cual debemos iniciar un procedimento llamado Acta de Declaración Herederos, ante el notario competente, que será el Notario del último domicilio o residencia habitual del fallecido, cualquier notario de Málaga será competente para los fallecidos con ultimo domicilio en la mayoría de los municipios de la provincia de Málaga, con alguna excepción.
Documentación necesaria para iniciar el Acta de Declaracion de Herederos
- Certificado original de defunción
- Certificación del Registro General de Ultimas Voluntades.
- Libro de familia o en su defecto Certificados de nacimiento de todos los herederos.
- Dos Testigos, (además de uno cualquiera de los herederos, deberán acudir a la notaría dos testigos que conozcan a la familia desde hace mas de diez años del fallecimiento, quienes manifestaran que no les consta que existan otros herederos.
- Si existen a su vez hijos premuertos del causante será necesario aportar certificado de defunción de estos, así como certificado de nacimiento de los nietos.
Para el caso de declaración de herederos de colaterales, es decir, cuando el fallecido no es hijo o padre (hermanos, primos, tíos) se requiere más documentación por lo que mejor contactar con la Notaria.
El acta de declaracion de herederos tiene un coste que ronda los 250 Euros y un plazo para su finalizacion de 30 días desde su inicio.
6.- Inventario de bienes a heredar.
Par continuar con los tramites y poder poner lo bienes a nuestro nombre como herederos debemos aportar a la notaria los siguientes documentos.
- Escritura de los inmuebles que pertenezcan al fallecido (viviendas, aparcamientos, locales, fincas rusticas), si no encontramos las escrituras podemos ir al registro de la propiedad correspondientes y pedir una nota simple informativa o también podemos solicitarla a través de este enlace www.registradores.org cuyo coste asciende 9,02 euros.
- Escritura de las participaciones de sociedades mercantiles a nombre del causante si este fuera empresario.
- Ultimo recibo de IBI de los inmuebles que pertenezcan al fallecido
- Certificado bancario de las posiciones acreedora y deudora a fecha de fallecimiento.
- Documentación de los vehículos del causante ( ficha técnica y permiso de circulación)
- Seguros de vida. cantidades a percibir de los seguros de vida
- Valoración de los bienes inmuebles, todos los bienes deben ser valorados por los herederos convenientemente por su valor de mercado.
Con estos seis pasos antes indicados tenemos una breve guía de como obtener la documentacion para proceder a ponere a nuestro nombre los bienes que nos dejaron nuestros familiares.
Si desea obtener un PRESUPUESTO para aceptar LA HERENCIA que le pertenece y beneficiarse de un descuento del 10 % sobre el precio fijado por las notarias solicite presupuesto el siguiente enlace de whatssap https://api.whatsapp.com/send/?phone=+34691997599&text=Hola!%20necesito%20presupuesto%20para%20aceptar%20una%20herencia.